Asegura mi buen profesor Benito Alaez que las elecciones europeas del próximo mes de mayo son especialmente relevantes en cuanto que significan un avance en la configuración de una estructura política, económica -ésta menos, obviamente- y judicial de la UE. Y tiene mucha razón. No me voy a detenar aquí en una explicación pedagógica de esas novedades que están al alcance de cualquiera en internet o en las págicas de documentación de los principales diarios.
Esbozo este preambulo para resaltar la importancia adquirida en los últimos tiempos por el Tribunal de Justicia de la UE, cuyas decisiones tienen en algunos casos una trascendencia generalizada, como ocurrió con la intensa polémica desatada a raíz de la desautorización de la llamada 'doctrina Parot', o la no menos relevante sentencia que consideró abusivos determinados aspectos de la ley hipotecaria española a propósito de los desahucios y de ciertas cláusulas de los préstamos bancarios para la compra de vivienda, aunque en otras el impacto social es mucho menor. Haciendo un repaso somero de su actividad no cabe duda alguna de que el Alto Tribunal europeo está haciendo su trabajo, y mucho mejor que la Comisión, el Consejo o el propio Parlamento de Estrasburgo.
Ayer nos llegó la noticia de otra decisión del mismo organismo que afecta de forma casi generalizada a los españoles: la anulación del mal llamado "céntimo sanitario", un impuesto con nombre finalista pero sobre cuyo destino definitivo podemos albergar serias dudas y que fue implantado progresivamente por buena parte de las comunidades autónomas -todas menos cuatro-, entre ellas Asturias. El tribunal considera que el Estado y las comunidades a las que éste cedió la aplicación de esta tasa actuaron "de mala fe" y obliga a las autonomías o al Ministerio de Hacienda a devolver a los usuarios unos 13.000 millones cobrados indebidamente desde el año 2002.
Hasta aquí los hechos concretos. El problema empieza cuando se trata de que todos y cada uno de los afectados puedan recuperar el dinero que se les cobró indebidamente. Admitido el escollo de la prescripción (cuatro años, según la Ley General Tributaria, lo que limita la aplicación real a los pagos de 2010 y años posteriores), falta por saber cómo podrían los españoles de a pie ejercer el derecho a la recuperación de sus dineros, toda vez que -cosa lógica- habría que presentar en todos los casos los documentos acreditativos de cada pago. ¿Acaso alguno de los hipotéticos lectores de esta columna conserva en una caja los recibos de esos abonos? Seguro que no. Así que, sea el gobierno autonómico correspondiente, sea el Ministerio de Hacienda (ahora andan enzarzados entre ellos sobre quién debe ser el responsable de la devolución), a usted y a mi se nos quedará la cara de idiotas por haber pagado unos impuestos manifiestamente "indebidos" sin opción real de recuperarlos.
Caso diferentes es el de transportistas y autónomos, que puedan tener debidamente asentados sus pagos y conservar las facturas. Pero, también en este caso, ya cuentan con el hándicap de las primeras reacciones gubernamentales que hablan de las "dificultades jurídicas" de acomodar la sentencia del Tribunal Europeo a la normativa española y de los largos procesos judiciales que se derivarán de las reclamaciones pertinentes.
En definitiva, que asistimos a la constatación de que las instituciones públicas implantan nuevos impuestos sin tener en consideración su posible ilegalidad con el convencimiento de que, si al cabo de unos años así se dictamina, el daño será menor por la complejidad de la aplicación de los fallos judiciales. En definitiva que, cuando uno les llega con la reclamación, se acogen a aquel viejo dicho popular de "Si te vi, no me acuerdo".
NOTA.- No me extrañaría nada que dentro de un cierto tiempo estemos repitiendo los mismos argumentos a propósito de la llamado Ordenanza Reguladora de Aparcamiento (ORA), otro manifiesto impuesto ilegal que los ayuntamientos se han aprestado desde hace años a implantar con satisfactorios resultados para sus gestores. Cualquier día, el mismo Tribunal de Justicia Europeo sentenciará que no se pueden pagar dos veces por la misma cosa (viñeta y ORA) y veremos entonces a los gestores municipales en igual actitud que ahora practican los gobiernos de la nación y autonómicos.
Probablemente no alcance ni al 25% el montante "recuperable" de este colosal desplume indiscriminado, y al que todavía le queda por delante un largo peregrinaje por el "cómo" y el "cuándo" ante un padre putativo por determinar. Ya se sabe: la culpa murió soltera.
ResponderEliminar